Es por todo lo antes analizado, que este TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LOS TRIBUNALES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO APURE, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA: ÚNICO: ORDENA LA AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PRUEBA POR UN (01) AÑO, que le fuera impuesto al ciudadano, HUGO HERNANDO BRACA PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.584.537, natural de San Fernando estado Apure, fecha de nacimiento 13-01-1996, estado civil: soltero, de ocupación u oficio: trabajador de Insalud. Residenciado en: barrio San José, sector I, calle El Guanábano, municipio San Fernando estado Apure, imputado por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 primer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la victima: CARMIRA ZARAHI FARFAN DE BRACA; de conformidad con lo dispuesto e.....