IV
DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: Con Lugar, la acción de Divorcio por la causal de abandono voluntario, intentada por la ciudadana VILMA JOSEFINA PIÑATE PÉREZ, titular de la Cédula de Identidad N°.V-4.997.669, debidamente asistida por el Abogado GUIDO RAMÓN GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.138.809, contra el ciudadano MANFRED DÍAZ MARQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N°.V-11.934.483. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial celebrado entre los cónyuges VILMA JOSEFINA PIÑATE PÉREZ y MANFRED DÍAZ MARQUEZ, por ante la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Federal, (hoy Distrito Capital), en fecha 01 de Febrero de 1.988.....