1.- COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto por el abogado ALCIDE R. URBINA G, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula N° 12.579.772, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.961, actuando en este acto en su carácter de apoderado judicial de la Empresa denominada Industrias Ganaderas Nacional C.A (INDUGAN C.A), y de la ciudadana MARIA ANTONIA VELAZCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula No. 10.150.046, interpuso, contra la decisión de fecha 23 de Enero del año 2.006, dictado por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), en sesión N° 67-06, punto de cuenta N° 81, de fecha 23 de Enero de 2006.
2. ADMITE el presente recurso contencioso administrativo de anulación conforme a lo establecido en el artículo 172 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y en consecuencia se ordena la notificación del Instituto Nacional de Tierras en la persona del Presidente del Instituto Nacional de Tierras (INTI), de la Procuraduría General.....