DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas el Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: RATIFICA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, conforme a lo preceptuado en los artículos 250, 251y 252 del código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano RICHARD ROBERTO PEREZ COLMENARES, venezolano, mayor de edad, natural de Guasdualito, nacido el 04-12-80, soltero, ocupación indefinida, titular de la Cédula de Identidad N° 14.694.122, por el delito de SECUESTRO EN GRADO DE COAUTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, concatenado con el artículo 16 Numeral 12º de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, y el delito de ASOCIACIÓN ILÍCITA PARA DELINQUIR, previsto en el artículo 6 eiusdem, perpetrado en perj.....