DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, y en cumpliendo funciones de guardia, DECLARA:
UNICO: Se concede la prorroga de quince (15) días solicitada por el Fiscal Cuarta del Ministerio Publico, en el asunto penal S1C-09-11, (Fiscalia: 04-F10-0091-09) seguida al ciudadano JUAN JOSE D¿ELIAS, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.596.513 y JUAN CARLOS D¿ELIAS, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.191.829, los cuales comenzaran a computarse a partir del vencimiento de los treinta días, es decir desde el día 12-06-2011 inclusive, y culminara el día 26-06-2011, todo de conformidad a lo establecido en el quinto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto en el proceso se debe establecer la verdad de los hechos por las vías jurídicas, y la Justi.....