PRIMERO: INOCENTE, al ciudadano: PEDRO EMILIO HERNANDEZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.639.357, residenciado en la Urbanización El Tamarindo, Sector 01, Vereda 37, Casa N° 5, san Fernando de Apure, Estado Apure; por la comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el encabezado del Artículo 462 del Código penal vigente para la época de los hechos, en perjuicio del ciudadano PEDRO SAMIR HERNANDEZ, delito acusado por la Fiscalía del Ministerio Público del estado Apure.
SEGUNDO: SIN LUGAR, la solicitud que hiciera la Defensora, de remitir las actuaciones al Ministerio Público para imputar al Ciudadano Pedro Samir Hernández, por la comisión de los delitos de Simulación de Hechos Punibles y de Calumnia, en virtud de no ser quien aquí decide, el titular de la acción penal, pues solo está facultado el Ministerio Público para ello.
TERCERO: SIN LUGAR, la solicitud de condenatoria en costas pues la justicia es gratuita.
CUARTO: LA.....