Decisiones del dia 15/08/2003
N° Expediente :
2050
N° Sentencia :
2050
Fecha: 15/08/2003
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales
Partes: PARTE DEMANDANTE: LETICIA GONZALEZ MOSQUEDA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°.V-9.872.600, Y DOMICILIADA EN ESTA CIUDAD DE SAN FERNANDO DE APURE, ESTADO APURE. VS. PARTE DEMANDADA: GOBERNACION DEL ESTADO APURE, REPRESENTADA POR EL CIUDADANO GOBERNADOR GIAN LUIS LIPPA.
Resumen:
PRIMERO: Sin Lugar la apelación de fecha 02 de julio de 2002, interpuesta por la abogada NORAIDA PEREZ GUERRERO, con el carácter acreditado en los autos, contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de la causa.
SEGUNDO: Con Lugar la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentó la ciudadana LETICIA BERNARDA GONZALEZ MOSQUEDA, identificada en los autos, en contra de la GOBERNACION DEL ESTADO APURE, representada por el Gobernador GIAN LUIS LIPPA. En consecuencia, se condena a dicha Gobernación a cancelar a la demandante la cantidad de Nueve Millones Setecientos Cuarenta y Dos Mil Ciento Ochenta y Un Bolívares con Nueve Céntimos (Bs.9.742.181,09), por concepto de Prestaciones Sociales.
Queda confirmada la experticia complementaria del fallo, ordenada por el Tribunal de la causa, a los fines de determinar la respectiva indexación laboral, en cuanto al ajuste y corrección monetaria, por ser de orden público, quedando entendido que la indexación judi.....
Juez/Ponente:
Julián Silva Beja
Organo:
Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Trabajo
N° Expediente :
3559-2003.
N° Sentencia :
3559-2003.
Fecha: 15/08/2003
Procedimiento: Rectificacion De Partida De Nacimiento
Partes: AMDERSON URIEL VELÁZQUEZ MOLINA
Resumen:
Por los razonamientos y vista la normativa legal aplicable, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO formulada por el ciudadano AMDERSON URIEL VELÁZQUEZ MOLINA, en consecuencia la partida de nacimiento signada con el No. 1809, de fecha 14 de agosto de 2003, emanada por la Prefectura del Municipio Autónomo Páez del Estado Apure, debe ser rectificada en el sentido de que donde dice VAZQUEZ, debe decir VELAZQUEZ, por lo que queda formalmente establecido rectificar la Partida de Nacimiento anteriormente mencionada ASI SE DECIDE.
Juez/Ponente:
Francia Mayela Carrillo Croce
Organo:
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario y Bancario