En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Imparte su Homologación Judicial al Desistimiento presentado por el Abogado VICTOR ALTUNA, inpreabogado N° 39.118, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte accionante ciudadano: JOSE R. LAVADO RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nro V- 10.014.689, representante legal de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Contratados Administrativos del Ejecutivo del Estado; en cuanto a lo solicitado en la parte infine de la diligencia arriba mencionada, se acuerda de conformidad y se ordena la devolución de los originales cursante a los folios 4, 5, 6, 7 y 8; 9,10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21 del expediente y en su lugar quedaran copias certificadas que conformaran las foliaturas de los originale.....