"(...) SEGUNDO: ADMITE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto por el Abogado JESÚS DEL VALLE LISS, venezolano, portador de la cédula N° V.- 1.833.117, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 1.834, actuando en su condición de Apoderado Judicial de la Empresa FARMA HOSPITAL, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Apure, en fecha 07 de julio de 1999, bajo el N°. 0108, Tomo 5-A, reformado posteriormente a través de Actas de Asambleas Extraordinarias de Accionistas N° 01, de fecha 29 de marzo de 2005, inscrita el 30 de marzo de 2005, bajo N° 16, Tomo 40-A, N°. 02 del 23 de junio de 2005, inscrita el 11 de julio de 2005, bajo el N°. 18, Tomo 42-A; y Acta de fecha 08 de febrero de 2010, inscrita el 31 de mayo de 2010, bajo el N° 42, Tomo 6-A, mediante la cual declaro sin lugar la solicitud de calificación de despido, incoada por el Abogado JESÚS DEL VALLE LISS, antes identificado. (...)"