Declara: CON LUGAR, la Demanda de Rectificación de Partida de Nacimiento, Nº 08, de fecha 25-02-1992, llevada por el Registro Civil del Municipio San Fernando del Estado Apure, interpuesta por la Fiscalia Sexta del Ministerio Público, a favor del adolescente Se omite de conformidad con el Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del niño, Niña y Adolescente, donde se decretó los siguientes:
1.- El adolescente Se omite de conformidad con el Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del niño, Niña y Adolescente nació el día 02 de febrero de 1991, a la una (01) de la tarde y es hijo de los ciudadanos OSMAR URABIO PEREZ, de 31 años de edad, soltero, Comerciante, con Cédula de Identidad Nº 10.618.470 y RAMONA DEL CARMEN BOLIVAR, de 23 años de edad, soltera, de Oficio del hogar, con Cédula de Identidad Nº 12.582.454, naturales de este municipio. Siendo testigos presénciales de ese acto los ciudadanos: JUAN ACEVEDO y JUAN PEREZ, mayores de edad, y de este Municipio". -
2.- Con r.....