este JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY AUTORIZAN AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a los ciudadanos GLADYS NUBIA CASTILLO SOLANO y VICENTE ANTONIO AMENGUAL SOSA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nos. 6.377.128 Y 3.202.469, ambos abogados, respectivamente, para que en sus condiciones de padres y representantes legales del niño: Se omite de conformidad con el Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del niño, Niña y Adolescente, venda un Inmueble constituido por un apartamento ubicado en el Sector 13 de Enero, Conjunto Residencial El Lago II, sector C, edificio 8, tercer piso, numero C/8/3/2, Mata Redonda, Municipio Girardot del Estado Aragua, y se encuentra comprendido entre los siguientes linderos, NORTE, con vacio del edificio y sistema de circulación vertical, SUR, Fachada del Edificio, .....