Visto el justificativo de testigo evacuados por ante este despacho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho, éste Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN", a favor del ciudadano RODRIGUEZ PEROZA REGULO DAVID, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.602.878, las bienhechurías construidas en terrenos municipales, según se evidencia de Autorización, otorgada por la Abg. MARIA CAROLINA HERRERA LOPEZ, en su carácter de Sindica Procuradora de la Alcaldía del Municipio San Fernando del Estado Apure, con una superficie de terreno de SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS CON VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS (734,25 Mts2), ubicado en el Barrio Jaime Lusinchi I zona urbana del Estado Apure, Municipio San Fernando de Apure, cuyos linderos y medidas se especifican .....