Con fundamento a las consideraciones que anteceden, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA: 1°) CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana HIRAIMA JOSEFINA GAVIDIA JUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 11.756.613, representada por el Abogado en ejercicio VICTOR ALTUNA GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 39.118 y de este domicilio, contra los ciudadanos ANA MARIA PICCA DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 5.331.083, BEATRIZ GONZALEZ DE ARACAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 3.769.336, representadas por el Abogado OSCAR SIMON ESPINOZA LOPEZ y OTROS, y La Sociedad Mercantil “REPRESENTACIONES 555, C.A.”, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, bajo el N°. 22,.....