Visto el escrito suscrito por el Defensor CARLOS ALBERTO PIMENTEL RANGEL, venezolano, mayor de edad, registro número CERO DIECIOCHO (Nº 018) y Defensora de N.N.A VERONICA MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.031.563 , actuando en su carácter de Defensores de Niños, Niñas y Adolescentes, adscrita a la coordinación Regional del Municipio Biruaca, Estado Apure, contentivo de CONVENIO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, celebrado entre los ciudadanos ALEJANDRO RUEDA VERENZUELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.016.121 y MARIA ISABEL RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.230.640, mediante el cual solicita se le imparta la Homologación al referido convenimiento del 30 de Mayo de 2018, ante el despacho de la referida Defensoría, a favor de las hermanas cuyo nombre se omite de acuerdo a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, do.....