Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa, seguida en contra del ciudadano ANTONIO JUVENCIO MOLINA RAMIREZ, JARLIN DANIELO MORA, LUIS ZARATE BERMEJO, LUIS ENRIQUE ZARATE, DIONIRIS RAMIREZ JAIMES, MARCO ANTONIO LAGUADO CACERES, por la presunta comisión del delito de DESOBEDIENCIA O INOBSERVANCIA DE PROVIDENCIAS LEGALES, previsto y sancionado en el artículo 485 del Código Penal, vigente para el momento de los hechos, cometido en perjuicio de PERSONA POR IDENTIFICAR, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. Verificado que en la presente causa, no consta dirección de los imputados, se ordena fijar Boleta dirigida a los imputados.....